El Extravío o Pérdida de las Actas de Nacimiento, Defunción, Divorcio o Matrimonio puede solucionarse. En Colombia, la Oficina de la Registraduría Civil te facilita la posibilidad de recuperar sin demora tu Certificado.
Existen dos formas de recuperar tus certificados perdidos:
Acércate a una registraduría autorizada. Considerá que la solicitud de tu Partida o Certificado debe hacerse en el lugar donde realizaste el trámite de expedición. Es decir, la registraduría donde se encuentra uno de los originales de tu Acta Civil.
También puedes dirigirte a cualquier Registraduría a nivel nacional. Esto en caso de que no estés en el lugar de origen del acta. Deberás aportar los datos necesarios para que tu partida sea localizada y posteriormente certificada para la entrega.
Para llevar a cabo este proceso con fluidez, se disponen en todo el país registradurías especiales y, en Bogotá, las registradurías auxiliares.
Para que tu solicitud sea llevada a cabo es necesario que proporciones ciertos datos:
Este trámite se realiza por correo electrónico, según el departamento al que pertenezca su Acta o Partida. En el cuerpo del mensaje debes suministrar la siguiente información:
Algunas diferencias con la presencial son las siguientes:
Hay excepciones donde se requiere cumplir con ciertas pautas:
Si se trata solo de una copia de registro civil dentro del país, el monto a pagar será de ocho mil pesos colombianos. En caso de que estés en el exterior, son ocho dólares. Si esta copia la necesitas certificada, se le suma una cantidad a pagar equivalente, es decir, ocho mil pesos más si estás en Colombia y ocho dólares más si no estás en el país.
Recibir los documentos demorará un día si la partida está en la registraduría solicitada, y dos días si está en otra oficina lejana.
Finalmente, para recuperar las Actas por Extravío o Pérdida, lo importante es que puedas orientarte sobre los requisitos que debes presentar: si puede ser exonerado de pagos o si no puedes representar a alguien por presentar información delicada.