Inscripción de partidas extranjeras
Este trámite comprende la inscripción en la Dirección Nacional de Registro Civil, de partidas o certificados de los siguientes hechos y actos civiles ocurridos en el extranjero:
- Partidas o certificados de nacimientos.
- Partidas o certificados de defunción.
- Partidas o certificados de matrimonio.
- Partidas de reconocimiento.
- Sentencias de adopción.
- Sentencias de divorcio.
Requisitos
- Pueden realizar este trámite el titular de la partida a ser inscripta o un tercero autorizado por éste.
Para iniciar el trámite se requiere:
- Agendar cita por internet.
- ATENCIÓN: Se brinda un número de cita por trámite, es decir, en caso de que el interesado necesite ingresar más de una partida, deberá agendarse tantas veces como partidas requiera inscribir.
- En caso de no presentarse el día de su cita; deberá iniciar el trámite nuevamente.
El día de su cita, debe presentarse en la Dirección General del Registro del Estado Civil en Montevideo (Uruguay 933) con la siguiente documentación:
- Partida original a inscribir apostillada que deberá entregar.
- Copia completa de la partida original que será sellada y devuelta al momento de presentarla.
- Documento de identidad del titular de la partida.
- Autorización del titular de la partida a presentar, que deberá entregar en caso que quien se presente no sea el titular de la partida que se inscribe.
- Formulario impreso de la solicitud, el mismo se descarga en el paso final del trámite.
- Presentar documento de identidad de quien realiza la inscripción.
Inscripción de Menores de edad: Si el titular es menor de edad y quien realiza el trámite no es el padre, la madre o el tutor, el tercero que realice el trámite debe presentar:
- Documento de identidad de quien concurre a la cita,
- Entregar fotocopia del documento de identidad del menor, cuya partida se va a inscribir,
- Entregar partida original del menor, apostillada,
- Presentar una copia de la partida original del menor, apostillada, que será sellada y devuelta al momento de presentarla,
- Entregar autorización del padre, madre o tutor.
- Entregar fotocopia de documento de identidad del padre madre o tutor, que firma la autorización.
Otros datos de interés
Información relevante a tener en cuenta sobre la documentación a presentar:
Presentación:
- Para que el documento original le sea devuelto, será necesario presentar testimonio por exhibición, realizado por escribano o notario público en Uruguay. (Testimonio por exhibición: de acuerdo al Art. 241 del Reglamento Notarial-acordada 7533 del 22/10/2004 -es el instrumento público, traslado de uno o varios documentos públicos o privados, que acreditan la existencia, naturaleza y contenido del documento reproducido, sin que ello implique subrogarlo en su valor y efectos.)
- Se recuerda que los documentos deben venir apostillados o legalizados en el país de origen (ver información sobre Apostilla en el apartado “Enlaces relacionados”.)
- En caso de que el país de emisión del documento, no sea parte del Convenio de La Haya, verifique pasos a seguir Aquí.
Idiomas:
- Si el documento se encuentra en otro idioma diferente al español, deberá ser traducido por traductor público uruguayo o por el Consulado del Uruguay en el país de origen del documento.
- Cuando los documentos se encuentran redactados en más de un idioma, si contienen caracteres no latinos, deberán ser traducidos por traductor público uruguayo.
- Si el documento viene traducido del país de origen, se deberá entregar un certificado de concordancia realizado por un traductor público uruguayo.
Legibilidad:
Si el documento resulta ilegible, el Registro Civil podrá exigir:
- Presentación de un certificado emitido por el consulado del país emisor del documento en Uruguay.
- Declaración Jurada con firma certificada ante escribano público uruguayo.
En ambos casos deberá trascribirse el contenido íntegro del documento.
El Registro Civil se reserva el derecho de solicitar documentación complementaria cuando el caso lo requiera.