La Jubilación es una parte importante de nuestra etapa como trabajadores, y es por ello que debes conocer los requisitos necesariospara poder hacer el trámite de pensión correspondiente. A continuación, te decimos cuáles son:
¿Qué es y en qué consiste la jubilación?
Es una prestación que se otorga a la persona que ha alcanzado la edad establecida legalmente y consiste en una pensión vitalicia, es decir, que se suspende únicamente por fallecimiento del beneficiario.
Los requisitos para poder solicitar el derecho a la pensión en Honduras, de acuerdo con el Reglamento de Aplicación de la Ley del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), serán los siguientes:
- • Haber alcanzado la edad: 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres.
- • Tener por lo menos 180 cotizaciones mensuales, lo equivalente a un período de 15 años laborales aproximadamente.
Requisitos para iniciar el trámite
Una vez que cumplas los requisitos mencionados anteriormente, es momento de comenzar a realizar el trámite de jubilación. Para hacerlo, deberás acudir personalmente ante la Secretaría General de Tegucigalpa o a la Oficina Regional del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) con la siguiente documentación:
- • Certificado de Acta de Nacimiento.
- • Tarjeta de Identidad Original y una fotocopia ampliada.
- • Carné del IHSS y una fotocopia.
- • Constancia expedida por el empleador donde se comprueben las 180 cotizaciones mensuales (15 años laborales). Debe incluir las fechas de inicio y término del tiempo trabajado, firma y sello.
Cuando hayas presentado todo, la oficina a la que acudas deberá entregarte una copia de la solicitud de pensión, con la cuál podrás darle seguimiento a tu trámite.
Beneficios de obtener la jubilación
Los beneficios que se obtienen con la conclusión del trámite de la jubilación, no son únicamente para la persona que los solicita, sino para los asegurados indirectos o los beneficiarios del trabajador (cónyuges e hijos hasta los 18 años).
Algunos de los beneficios son:
- • Pensión vitalicia para el beneficiario, que está compuesta por el 40 % del salario base mensual más el 1% de salario base mensual por cada 12 meses de cotización en exceso de los primeros 60 años. Nunca debe superar el 80 % del salario total.
- • En caso de que la persona asegurada dentro de la edad y cotización requerida continúe trabajando, la pensión podrá aumentarse en un 3% del salario base mensual en lugar del 1% establecido anteriormente.
- • Si el asegurado llega a la edad estipulada, pero no cumple con el tiempo de cotización establecido, podrá solicitar una suma equivalente a la cantidad de cotizaciones que tenga. Por otro lado, las nuevas cotizaciones que realice, podrán ser agregadas a las que ya tiene con el fin de completar el tiempo establecido para solicitar la pensión. En este caso, se irá descontando la suma entregada en montos diferidos en un plazo menor a 5 años.
- • Cobertura de los Gastos por fallecimiento del pensionado en caso de ser necesario.
- • Pensión por viudez del 40 % de lo que recibe el beneficiario.
- • Pensión por orfandad de 20 % para los casos establecidos en el Reglamento correspondiente, revocándose al cumplir 14 años o 18 años en caso de prórroga por estudios, por abandono o conclusión de los estudios, al contraer matrimonio o si el huérfano quedará a cargo del Seguro Social.
- • La Pensión por Orfandad de padre y madre asciende al 40 % del total.
- • Si no existiera cónyuge, compañero o hijos, la pensión se otorgará a la madre de cualquier edad o al padre mayor de 65 años o inválido en cualquier edad. El monto será del 20 % de la pensión tramitada.
Ahora ya sabes
Es de suma importancia conocer todo lo necesario con respecto al trámite de jubilación, de esta manera, podrás ir reuniendo los requisitos con un buen tiempo de anticipación y completar el procedimiento sin muchos contratiempos.