Municipios de Venezuela > Registro > Cómo obtener un Acta de Nacimiento

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

En Venezuela, como en muchos países, es imprescindible contar con documentos que den fe de tu identidad para la realización de muchas operaciones, tanto ante organismos estatales como ante entes privados.

El primer documento oficial de esta índole que se recibe es el Acta de Nacimiento. Por esa razón, a continuación, presentamos datos referentes a la partida de nacimiento que te serán de gran utilidad.



Acta de Nacimiento Venezuela


¿Qué es la Partida de Nacimiento?


La Partida de Nacimiento es uno de los documentos más requeridos para un sinfín de trámites en Venezuela.

Se trata de un acta emitida por el Estado en la que se registra de manera oficial el nacimiento de un ciudadano y su condición de venezolano. En la misma se incluyen datos entre los que destacan los nombres completos del recién nacido y de sus padres, sexo, lugar, fecha y hora del nacimiento.

De este modo, se acredita de manera legal la identidad de la persona que acaba de nacer.


• Diferencia entre el acta y el certificado médico de nacimiento


El Acta o Partida de Nacimiento y el Certificado médico de nacimiento son dos documentos diferentes y no debes confundirlos.

El primero tiene carácter oficial y da fe de la inscripción de un nuevo ciudadano en los registros oficiales de la nación.

Por otro lado, el segundo solo tiene valor estrictamente informativo y es entregado a los padres por el centro de salud donde nace el pequeño. El certificado médico debe ser presentado para lograr la obtención de un acta de nacimiento.


• Importancia de la partida de nacimiento


Este documento representa el primer reconocimiento oficial por parte del Estado de que el infante es en efecto un ciudadano de la nación, sujeto de derecho. La existencia de esta constancia hace posible el acceso a servicios de suma importancia, como la inserción en el sistema educativo y el recibimiento de servicios de salud pública, así como otros apoyos gubernamentales.

El Acta de Nacimiento es también el único documento de identidad con que cuenta el menor de edad hasta tanto obtenga su cédula de identidad o pasaporte. Del mismo modo, sirve como constancia de los orígenes de quien la presenta, de manera que también la necesitarás para procesos llevados a cabo ante gobiernos extranjeros, como solicitudes de residencia o segunda nacionalidad. Muchas universidades del país podrían solicitar este documento para formalizar la inscripción de nuevos estudiantes.


¿Cómo obtenerla?


El ente del Estado encargado de levantar partidas de Nacimiento en Venezuela es el S.A.R.E.N. (Servicio Autónomo de Registros y Notarías)

Dicha institución, por medio de los Registros Civiles regionales, municipales y parroquiales, recibe y documenta la información de cada nacimiento ocurrido en territorio venezolano.

Una vez nacido el infante y recibido el certificado médico de nacimiento por parte del centro de salud donde se haya dado el alumbramiento, debes presentar ante la Unidad de Registro Civil del centro hospitalario la siguiente documentación:


  • Certificado médico de nacimiento expedido por el centro de salud

  • • Originales y copias de los documentos de identidad de los declarantes (quienes acuden al registro para realizar el trámite)

  • • Originales y copias de los documentos de identificación de los padres del recién nacido (en caso de no ser éstos los declarantes)

  • • Originales y copias de los Documentos de Identidad de dos testigos mayores de edad


• Nacimientos ocurridos fuera de un centro de salud


En caso de que el nacimiento no ocurriera en un centro de salud y por ello no existiera un certificado de nacimiento, te solicitarán que entregues declaraciones juradas de quienes hayan atendido el parto y de dos testigos mayores de edad. También hará falta una constancia emitida por el Consejo Comunal dando fe de que el alumbramiento tuvo lugar en la comunidad que le corresponde.

Lo anterior debe presentarse junto al resto de la documentación ante la Unidad de Registro Civil correspondiente a la parroquia. Lo mismo aplicará en caso de que el centro de salud no cuente con una Unidad de Registro Civil. En estas situaciones, el menor deberá ser presentado dentro de los 90 días siguientes a su nacimiento.

De no darse la presentación del menor en el lapso de 90 días, el proceso de inscripción se considera extemporáneo, por lo cual se tendrá que presentar un informe del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente en el que se expliquen detalladamente las causas que impidieron la realización de la inscripción dentro del período establecido por el reglamento.

Con la información presentada por los declarantes, el Registro levantará el acta de nacimiento y la entregará a los declarantes junto a la data correspondiente al libro, folio y renglón en que se registró la inscripción del ciudadano. Con esos datos podrás acudir en el futuro al Registro para solicitar copia certificada de tu partida de nacimiento, o bien su reposición en caso de extravío o deterioro del documento.

La realización del trámite dentro del territorio nacional no implica ningún costo para el usuario.


• Nacimientos ocurridos en el extranjero


En caso de que el infante haya nacido fuera del territorio nacional y tenga uno o ambos padres venezolanos, se debe realizar el proceso de presentar al menor ante el consulado correspondiente. Para ello, además de cubrir el pago correspondiente a los costos consulares, los padres deberán presentar los siguientes recaudos:


  • Acta o certificado de nacimiento emitida por la autoridad local del lugar donde tuvo lugar el nacimiento.
    La misma debe estar apostillada o legalizada según corresponda para cada país y traducida por un intérprete público en caso de no estar en español.

  • Pasaportes de los padres venezolanos.

  • Partidas de Nacimiento de los padres venezolanos. En su defecto, podría ser presentada la indicación expresa de los datos de registro de las actas.

  • • En caso de que alguno de los padres no fuera venezolano, deberá presentar una copia de su documento de identificación.

  • • Copia de los Documentos de Identificación de dos testigos mayores de edad.

El Acta de Nacimiento solo se emite una vez por nacimiento de un niño vivo y no tiene fecha de vencimiento, por lo que no requiere renovación periódica alguna.

Es importante que conserves este documento para los posteriores trámites del pequeño, como la expedición de la cédula de identidad o del pasaporte.


Cómo proceder en caso de extravío o robo de un Acta.




EE. UU.
España
México
Brasil
Italia
Panamá
Perú
Chile
Bolivia
Uruguay