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Partida de Defunción en Perú

Un certificado, acta o partida de defunción viene a ser el documento legal y oficial donde se constata el día y la hora del deceso o muerte de una persona, así como su nombre y el detalle del fallecimiento. La partida de defunción se obtiene de manera gratuita al fallecer una persona. En este sentido, la inscripción se puede realizar en cualquier oficina del Registro Civil o de cualquier municipalidad a nivel nacional.

Has de saber que la partida de defunción y su correspondiente inscripción son necesarios para llevar a cabo numerosos trámites legales y hereditarios, como, por ejemplo, el reconocimiento legal de las propiedades del fallecido o gestiones relacionadas con la pensión de viudez.


¿Cómo se obtiene la partida de defunción?

Como señalamos en el apartado anterior, para conseguir la partida de defunción has de realizar la inscripción previa. Para ello, es necesario contar con el certificado de defunción, el cual tiene que estar firmado y sellado por el médico que constata y verifica la muerte de la persona. En este documento se señalan los datos necesarios del hecho, como la fecha, hora y causas del deceso.

Asimismo, en los casos de las muertes provocadas por accidentes, hechos de homicidio o actos de suicidios, se realiza la necropsia correspondiente y quien firma el certificado es el médico legista, además del parte judicial o fiscal respectivo. Esta información es remitida al Registro Civil correspondiente para bloquear, con fines preventivos, el acceso al documento nacional de identidad de la persona fallecida.

En el caso en que el deceso se haya producido en el extranjero, las oficinas consulares comunican al Registro Civil el hecho para su correspondiente inscripción.


• ¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos imprescindibles para obtener la partida de defunción son los siguientes:


  • - El certificado de defunción, el cual debe contener todos los datos señalados anteriormente.
    Recuerda que ha de estar firmado por el médico respectivo, aunque también se puede acompañar de una declaración jurada de alguna autoridad competente con la que se pueda acreditar el fallecimiento de la persona.

  • - Documento Nacional de Identidad de la persona fallecida.
    En el caso de pérdida de este documento, has de presentar la respectiva declaración jurada de dicha pérdida, la cual debe estar suscrita por quien realiza la inscripción.

  • - DNI de quien realiza la inscripción o declaración.

Recuerda que el trámite es gratuito en las oficinas de registro a nivel nacional. Asimismo, la primera copia certificada también es gratuita e inmediata.

Por otro lado, existen otras formas de inscripción de defunción que tienen los mismos efectos legales y contractuales, como la inscripción de defunción de oficio, la cual es ordenada por mandato judicial cuando se realiza fuera del tiempo establecido por la ley. En este caso, el plazo de entrega es de diez días.

Además, existe la inscripción de defunción de oficio por muerte violenta, ordenada o dispuesta por la autoridad competente, que se acompaña del acta de protocolo de necropsia, del certificado de médico legista y de algún documento legal de autoridad fiscal, judicial, militar o policial. El plazo de entrega también es de diez días.

Finalmente, tenemos la inscripción por declaración judicial de muerte presunta o ausencia por declaración forzada. Esta se realiza a través de una sentencia judicial consentida o ejecutoriada y, como en los casos anteriores, el plazo de entrega es de diez días.

Todos estos trámites son gratuitos con la sola verificación de los documentos requeridos para las inscripciones respectivas.


Inscripción automática del certificado de defunción

Debido a la emergencia sanitaria que vive el país provocada por la pandemia de la COVID-19, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para prevenir las aglomeraciones y los posibles contagios, está realizando las emisiones de las actas de defunciones que no fueron declaradas hasta la fecha del 31 de diciembre del 2020.

Sin embargo, esto solo es posible si el certificado de defunción se ha realizado de forma electrónica. En este caso, el médico o personal autorizado ha de dejar constancia del fallecimiento indicando los datos personales y las causas o circunstancias de la muerte.

De este modo, el establecimiento de salud debe contar con el sistema informático utilizado a nivel nacional para que se pueda realizar la emisión de dicho documento y, por lo tanto, quede constancia en la base del Registro Civil.

El SINADEF es el aplicativo que utilizan los establecimientos de salud y que, en la actualidad, sirve para certificar el 70 % de las muertes ocurridas a nivel nacional. El restante 30% de certificados de defunción se sigue emitiendo de manera manual.

Por otra parte, las actas de las defunciones ocurridas hasta el pasado 11 de abril fueron generadas de oficio, al emitirse las Resoluciones Gerenciales N° 006 y 009-2020/GG/ RENIEC con el propósito de depurar el padrón de las elecciones generales del 2021.


Copias certificadas de actas de defunción por internet

Como bien sabes, internet se ha convertido en un elemento imprescindible en nuestras vidas. Ello ha llevado a agilizar muchos trámites que necesitaban de manera obligatoria nuestra presencia física en las oficinas respectivas. Es por eso que ahora desde la comodidad de tu hogar puedes realizar las copias certificadas de las diferentes actas civiles. Uno de estos trámites es la obtención del acta certificada de defunción.

Para llevar a cabo el proceso de forma correcta, has de ingresar en la página www.reniec.gob.pe.

En primer lugar, debes verificar que el acta de defunción de la persona que buscas se encuentra en la base de datos siguiendo estos pasos: acceder a «Servicios en línea», luego a «Consulta de actas registrales» y, por último, entrar en la opción «Copias certificadas de actas/partidas», donde tendrás que aportar los documentos personales que te requieran.

Para pagar, puedes utilizar una tarjeta de crédito o débito Visa o la plataforma Págalo.pe. Otra alternativa es acudir a una agencia del Banco de la Nación o del Banco de Crédito del Perú.

El costo es de 10.30 soles por copia certificada de acta vía Internet con el código de pago número 02141.


Si deseas más información...

Respecto al trámite para solicitud de copias certificadas de partidas de nacimiento, matrimonio y/o defunción para ciudadanos o residentes en Perú, te invitamos a consultar el siguiente enlace: www.gob.pe/434-copia-certificada-de-partida-de-nacimiento-matrimonio-y-o-defuncion.


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